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Que reforma el artículo 50 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.

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Prohibir la circulación de transporte de carga con doble remolque y los que sobrepasen una carga máxima de 65 toneladas de peso y 27 metros de largo.

Prohibir la circulación de transporte de carga con doble remolque y los que sobrepasen una carga máxima de 65 toneladas de peso y 27 metros de largo.

Prohibir la circulación de transporte de carga con doble remolque y los que sobrepasen una carga máxima de 65 toneladas de peso y 27 metros de largo. —   Dip. Isidra De la Luz

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