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Que reforma el artículo 6o. de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en materia de violencia simbólica.

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Reconocer la violencia simbólica como un tipo de violencia contra las mujeres. Para ello propone definir la violencia simbólica como la acción u omisión que perpetúa y transmite la dominación de las mujeres mediante patrones socioculturales y estereotipos basados en el sexo, manifestados a través de mensajes, valores, símbolos y/o signos estereotipados generando desigualdad, discriminación, subordinación y violencia en su entorno.

Reconocer la violencia simbólica como un tipo de violencia contra las mujeres. Para ello propone definir la violencia simbólica como la acción u omisión que perpetúa y transmite la dominación de las mujeres mediante patrones socioculturales y estereotipos basados en el sexo, manifestados a través de mensajes, valores, símbolos y/o signos estereotipados generando desigualdad, discriminación, subordinación y violencia en su entorno.

Reconocer la violencia simbólica como un tipo de violencia contra las mujeres. Para ello propone definir la violencia simbólica como la acción u omisión que perpetúa y transmite la dominación de las mujeres mediante patrones socioculturales y estereotipos basados en el sexo, manifestados a través de mensajes, valores, símbolos y/o signos estereotipados generando desigualdad, discriminación, subordinación y violencia en su entorno. —   Dip. Olga Lidia Herrera

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