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Que reforma los artículos 6o. y 29, y adiciona un artículo 9 Bis a la Ley de Migración.

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Garantizar la protección integral de menores migrantes no acompañados mediante la creación de servicios y protocolos que aseguren su bienestar, desarrollo físico y emocional.

Garantizar la protección integral de menores migrantes no acompañados mediante la creación de servicios y protocolos que aseguren su bienestar, desarrollo físico y emocional.

Garantizar la protección integral de menores migrantes no acompañados mediante la creación de servicios y protocolos que aseguren su bienestar, desarrollo físico y emocional. —   Dip. Nora Escamilla

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